Éxodo 21
Visualización :
1 Y ESTAS son las leyes que pondrás delante de ellos: 2 Cuando comprares un siervo hebreo, seis años te servirá, mas al séptimo saldrá libre, de balde. 3 Si hubiere entrado solo, solo saldrá; si marido de mujer, saldrá su mujer con él. 4 Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le hubiere parido hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo. 5 Mas si el siervo persistiese en decir: Amo a mi señor, y a mi mujer y a mis hijos, no saldré libre; 6 entonces su amo le hará llegar a Dios, y arrimándole a la puerta, o al poste de ella, su amo le horadará la oreja con una lesna; y él será siervo suyo para siempre.
7 Cuando alguno vendiere su hija por sierva, ella no saldrá como salen los siervos. 8 Si no agradare a su señor después que la haya desposado consigo, permitirá que sea redimida: no podrá venderla a gente de tierra extraña, después de haberla engañado. 9 Si la hubiere desposado con su hijo, hará con ella conforme a lo usual con las hijas. 10 Si tomare para sí otra mujer, no le disminuirá nada de su comida, ni de su vestido, ni de su derecho matrimonial. 11 Mas si no quisiere hacer con ella estas tres cosas, entonces ella saldrá de balde, sin rescate.
12 El que hiriere a un hombre de modo que muera, será muerto irremisiblemente. 13 Mas cuando no le armare asechanzas, sino que Dios le hiciere caer en su mano, en tal caso yo te señalaré lugar adonde habrá de huir. 14 Empero cuando alguno obrare con malicia contra su prójimo, matándole alevosamente, de mi mismo altar le quitarás para que muera.
15 El que pegare a su padre o a su madre, será muerto irremisiblemente.
16 El que hurtare una persona y la vendiere, o aun si fuere hallada en su poder, será muerto irremisiblemente. 17 El que maldijere a su padre o a su madre, será muerto irremisiblemente.
18 Cuando riñeren dos hombres, y el uno hiriere al otro con piedra, o con el puño, y éste no muriere, pero cayere en cama; 19 si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, será libre aquel que le hirió; le pagará empero el tiempo perdido, y hará que le curen completamente.
20 Cuando alguno hiriere a su siervo o a su sierva con palo, de modo que muera bajo su mano, el muerto será vengado irremisiblemente. 21 Mas si durare un día o dos, no será vengado, por cuanto era su dinero.
22 Cuando riñeren hombres y uno de ellos diere un golpe a mujer preñada, de modo que aborte, sin que suceda daño, será ciertamente multado conforme a lo que impusiere el marido de la mujer, lo cual pagará según determinen los jueces. 23 Mas si resultase daño, darás vida por vida, 24 ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25 quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.
26 Si alguno hiriere el ojo de su siervo o el ojo de su sierva, y lo destruyere, le dejará ir libre a causa de su ojo. 27 Asimismo, si hiciere saltar un diente a su siervo o un diente a su sierva, le dejará ir libre a causa de su diente.
28 Cuando un buey acorneare a hombre o a mujer, de modo que muera, será apedreado irremisiblemente aquel buey, y no será comida su carne; mas el dueño del buey quedará absuelto. 29 Pero si el buey hubiere sido acorneador anteriormente, y se le hubiere notificado al dueño, y él no le hubiere encerrado, de modo que matare a hombre o a mujer, el buey será apedreado, mas el dueño también será muerto. 30 Si le fuere impuesto rescate, pagará por la redención de su vida conforme a todo lo que le fuere impuesto. 31 Sea que haya acorneado a hijo, sea que haya acorneado a hija, conforme a esta sentencia se hará con él. 32 Si el buey acorneare a un siervo o a una sierva, el dueño pagará treinta siclos de plata al amo de ellos, y el buey será apedreado.
33 Cuando alguno destapare un pozo, o cuando alguno cavare un pozo y no lo tapare, si cayere en él algún buey o asno, 34 el dueño del pozo hará restitución; pagará dinero al dueño de ellos; y el animal muerto será suyo.
35 Si el buey de alguno hiriere al buey de otro, de modo que muera, venderán el buey vivo y dividirán el dinero entre los dos, y también partirán el buey muerto. 36 Mas si fué notorio que el buey era acorneador anteriormente, y su dueño no le encerró, sin falta hará la restitución, buey por buey; y el animal muerto será suyo.